Los bancos ahora deben informar a clientes que pueden prepagar deudas

 

El 2015 empieza con la entrada en vigencia de una serie de normas que buscan que los clientes y usuarios del sistema financiero accedan a la información necesaria para tomar las mejores decisiones.

De tal modo que a partir de este año las entidades financieras tienen la obligación de informar a sus clientes que tienen que prepagar sus prestamos en cuotas, por ejemplo, las deudas de consumo, créditos vehiculares y todo lo referente a préstamos hipotecarios, o las que se toman en cuotas con las tarjetas.

El 31 de iciembre del 2014 entró en vigencia la resolución de la SBS que modifica el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema Fiannciero.

Ahora al momento de contratar un crédito las entidades financieras tienen que informar a las personas y explicarles la diferencia entre un pago anticipado y un pago adelantado, y los derechos y obligaciones que implica tomar estas dos decisiones.

Aunque también deben infomar sobre estas alternativas a sus clientes actuales. a través de sus páginas web, oficinas e atención al público u otros canales que consideren pertinentes, como envíos de cartas y hasta por teléfono.

Diferencias entre pagos y deudas

Una de las novedades que trae la norma es que establece la distinción entre un pago anticipado y un pago adelantado. Por ejemplo, si una persona desea pagar un monto equivalente a la cuota mensual que le corresponde, más una cantidad adiiconal, entonces se trata de un pago anticipado.

En ese caso, el banco tendrá que recalcular su deuda ( reduciendo intereses) y preguntarle a sus clientes si en adelante prefiere rebajar su cuota mensual y mantener su plazo de pago, o recortarlo y dejar igual su cuota.

En el pago adelantado se cancela una cuota más de la obligatoria, pero no afecta el capital de deuda y, por tanto, no se recalcula la misma. En este caso, este tipo de prepago adelantado de las deudas es gratuito.

 

Publicado en www.icpperu.org