MULTARÁN A LOS COLEGIOS QUE REALICEN COBROS INDEBIDOS

 

Institución lanzó ayer campaña "A clases con Indecopi" para padres. Se detectó que 30 colegios exigieron pago adelantado de pensión

 

 


Lo único que los padres de familia deben pagar a la hora de poner a sus hijos en un colegio privado es la cuota de ingreso –siempre que se trate de alumnos nuevos–, la matrícula y la pensión, sostuvo el secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Edwin Aldana, durante el lanzamiento de la campaña "A clases con Indecopi" Detalló que el cobro de cuotas extraordinarias que no hayan sido anunciadas con anticipación al padre de familia, que no cuenten con la autorización del Ministerio de Educación o condicionen el ingreso del menor al centro educativo es ilegal y pueden ser motivo de sanciones y multas considerables.

 


Manifestó que entre 2008 y 2010 el Indecopi inspeccionó 413 centros educativos de Lima, detectando que 240 de ellos cometieron alguna infracción contra los derechos del consumidor en materia educativa.
"La denuncia de estas infracciones se lograron con la modalidad del consumidor incógnito, lo que resulta muy importante, pues muchas veces los padres de familia tienen temor de denunciar."
Aldana sostuvo que la ley de protección a la economía familiar y el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que están prohibidos los cobros extraordinarios, así como condicionar la matrícula o la prestación del servicio educativo al pago de rifas, bingos u otros.
Entre los problemas detectados mencionó el cobro de pensiones adelantadas, lo que quiere decir que se exigió el pago en los primeros días del mes, lo que está prohibido por ley. "En lo que va del mes, 30 colegios cometieron esta falta."


Otras faltas
Condicionar la matrícula a algún tipo de pago no establecido o realizar prácticas discriminatorias en contra de los alumnos son otras faltas cometidas por los centros educativos privados.
"En algunos colegios que visitamos descubrimos que ponen por escrito que el centro suspenderá al alumno si el padre de familia se atrasa en el pago de las pensiones dos meses. Eso está prohibido". Además, reiteró que el monto de la matrícula no puede ser mayor al de la pensión.
Aldana dijo que en los últimos años no se detectó mucho el cobro de seguro de salud de manera obligatoria, y lo mismo ocurre con el pago de Apafa, que antes condicionaba la matrícula del menor.


Devolución de pagos
Entre 2008 y 2010, Indecopi impuso a diversos colegios de Lima multas por el orden de 461 mil 690 nuevos soles, y dictaminó la devolución de aquellos montos que fueron cobrados sin autorización.
Para medir el cumplimiento de las sanciones impuestas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia, funcionarios de la entidad visitaron 75 colegios, determinándose que solo el 57% cumplió con la medida correctiva.
Edwin Aldana adelantó que el 7 de febrero realizarán en Lima una reunión con 209 colegios privados, a fin de comunicar las disposiciones que se aplican en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.


50 denuncias mensuales
El número de denuncias en la zona norte está creciendo de manera progresiva, ya que la gente empieza a tener conocimiento de la existencia de una oficina del Indecopi en la zona. Empezamos con 10 denuncias mensuales y ahora recibimos cerca de 50 en este período.
El tema de la formalización de los colegios lo investigamos solo en relación con el servicio que se ofrece y que podría no darse. La supervisión está puesta en la calidad del servicio.
 


Por Karina Garay Rojas
 

Fuente:  Diario El Peruano (26/01/11)