ALCANZA A EMPRESAS CON VENTAS ANUALES DE HASTA 1,700 UIT

 

LEY DE IGV JUSTO BENEFICIARÁ A MÁS DE 1.6 MLLNS. DE MYPES

 

La norma alcanza a las mypes con ventas anuales de hasta 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT) o 6 millones 715,000 soles.

Asimismo, precisa que para que estas unidades productivas accedan a este beneficio deben cumplir con las características establecidas en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2013-Produce.

Precisiones

Estas mypes deben vender bienes y servicios sujetos al pago del referido impuesto con la finalidad de efectivizar el principio de igualdad tributaria y coadyuvar a la construcción de la formalidad. 

También se señala que la declaración y el pago del impuesto deberán efectuarse conjuntamente en la forma y condiciones que establezca la Sunat, dentro del mes calendario siguiente al período tributario a que corresponde la declaración y pago.

En ese sentido, Mongilardi destacó que la norma es un avance importante que contribuye a la reforma tributaria a fin de fomentar la productividad y competitividad de las empresas del país. 

Asimismo, dijo que es un incentivo para reducir los altos niveles de informalidad en el país que en los últimos años ha registrado una tendencia creciente. “Desde el 2013 hasta 2015 la informalidad pasó de aportar el 17.6% a 19.2% del producto bruto interno (PBI)”.

Según la norma, las mypes que vendan bienes o presten servicios podrán postergar el pago del IGV por 3 meses posteriores a la obligación de declarar, de acuerdo a lo que establezca el reglamento.

El líder gremial comentó que “si el reglamento se publica este mes, la ley regirá desde el 1 de enero del próximo año; caso contrario, si se emite en enero, regirá desde el 1 de febrero de 2017”.

Estadísticas

De acuerdo con el Anuario Estadístico Industrial, Mype y Comercio Interno del Ministerio de la Producción (Produce), esta cifra (un millón 679,969 mypes) representa el 99.3% del universo de las empresas formales del país.

De este total, un millón 607,305 son microempresas y 72,664 son pequeñas. Las mypes solo aportan el 20% del total de operaciones gravadas con el IGV. 

“Esta norma no significa un forado fiscal, sino un pago diferido que beneficiará a un sector que constituye el principal motor de la economía nacional”, precisó Mongilardi.

Destacó que la iniciativa legislativa tendrá un impacto en reducir la morosidad de las mypes, que según cifras de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) asciende a 43.1%.

Intereses moratorios

La postergación del pago del IGV no generará abono de intereses moratorios ni multas.

La ley precisa que no podrán acogerse a la prórroga del impuesto las mypes que mantengan deudas tributarias exigibles mayores a una UIT, cuando el titular o los socios hayan sido condenados por delito tributario.

Asimismo, no estarán comprendidos en este beneficio si se encuentran en proceso concursal ante Indecopi y en el caso que las empresas hayan incumplido con declarar y pagar el IGV y el impuesto a la renta (IR) de los 12 meses anteriores, salvo que regularicen su situación, pagando al contado o fraccionando la deuda.

Las pymes beneficiadas representan el 99.3% del universo de las empresas formales del país.



Publicado por: Diario Gestión (14 de diciembre del 2016)