AIR MADRID: ADHESION A LA PROPUESTA DE CONVENIO

 

El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid ha declarado el concurso necesario de acreedores de Air Madrid Líneas Aéreas, S.A. mediante resolución de 11 de enero de 2007. A tal fin han sido nombrados administradores concursales el abogado D. Ángel Rojo Fernández-Río, el economista D. Francisco Javier Ramos Torres y el auditor D. Enzo Lazzerini Bravo.

El régimen fijado es de intervención por lo que el control de la administración sigue siendo de la propia compañía.

El pasado 20 de Enero de 2007 fue la fecha de publicación del último de los edictos señalados por el Juez y abre el período de comunicación/reclamación de los acreedores. Dicho periodo tiene una duración de 1 mes.

ADHESION A LA PROPUESTA DE CONVENIO:

El 15 de junio del presente año se ha abierto la sección Adhesiones en Concuso de Acreedores con la información sobre la adhesión a la propuesta de convenio anticipada presentada por AIR MADRID LINEAS AEREAS, S.A..

 

La propuesta anticipada de convenio (PAC) que ha presentado AIR MADRID LINEAS AEREAS, S.A. y que ha sido admitida a trámite por el Juez, necesita, para poder ser aprobada, la aceptación por acreedores que representen la mayoría del pasivo.

La aceptación se realiza mediante la adhesión individualizada de los acreedores, bien en el Juzgado que tramita el concurso, bien en las Notarías que se relacionan.

La Administración Concursal desea manifestar lo siguiente:

·         La PAC la realiza AIR MADRID LINEAS AEREAS, S.A. no es, por tanto, una propuesta del Juzgado que instruye el procedimiento ni de la administración concursal.

·         La adhesión es un acto voluntario.

·         Para los pasajeros afectados, la adhesión no significa el inmediato cobro del importe del billete adeudado. Para que ello ocurra tiene que ser aprobado el convenio por el Juez y esperar un año desde la fecha de esa aprobación. Es razonable pensar que hasta 2.009 no se producirá el primer reintegro.

·         Si la PAC obtuviera las adhesiones suficientes para ser aprobada, afectaría a todos los acreedores de Air Madrid se hayan o no adherido.

·         Las adhesiones se tiene que realizar mediante la presencia física del adherente ante el Juzgado o en las notarías que se relacionan. Aquellas adhesiones que se envíen mediante carta certificada, fax, mensajeros etc. a el Juzgado o a las notarías no serún tenidas en cuenta.

 

La Dirección de AIR MADRID LINEAS AEREAS, S.A. ha comunicado a la Administración Concursal que las adhesiones en las Notarías no van a tener coste para los pasajeros afectados por el cese.

 

Para realizar la adhesión deberá firmar en el Juzgado el siguiente modelo de adhesión al PAC que puede descargarse pulsando aquí y leer con carácter informativo. Debido al extenso número de afectados la Administración Concursal recomienda que se acompañe a la adhesión una copia del billete expedido por AIR MADRID LINEAS AEREAS, S.A. Para evitar esperas en el Juzgado, aconsejamos que se siga el orden planteado en el Comunicado de prensa publicado por la Dirección de Air Madrid Líneas Aereas, S.A. que puede descargarse pulsando aquí

 

 

 

FUENTE: http://administracionconcursal.airmadrid.com/adhesiones.htm