Crisis, ley de salvataje o respirador artificial para los clubes deudores del fútbol peruano

 

I.- Crisis:
Decir cuándo empezó la crisis en el fútbol peruano, tendríamos que remontarnos treinta años atrás, cuando participamos por última vez en un mundial (España 82), desde esa fecha hasta la actual ha sido la etapa más dura del fútbol peruano en su historia deportiva.
Los últimos veinte (20) años la crisis no sólo fue en el aspecto deportivo sino también en el dirigencial e Institucional; invitando al aficionado del fútbol peruano no a un espectáculo con goles, sino todo lo contrario, lo alejó del fútbol y fue invitado a un desfile de casos de corrupción, sanciones por partidos arreglados, denuncias por lavado de activos, entre otros como:

- El 10 de noviembre del 2003 se suspendió el campeonato de fútbol profesional debido a la huelga total de jugadores, quienes reclamaban el reconocimiento de sus derechos laborales. Inmediatamente se conformó el sindicato de jugadores profesionales, luego agrupados en la SAFAP (Sindicato Asociación de Futbolistas Agremiados del Perú). Dicha medida obligó a la federación a dar por terminado el torneo de fútbol antes de tiempo.
- El 24 de julio del 2009 la Agremiación comunicó a la Federación Peruana de Futbol su decisión de no seguir integrando la selección nacional absoluta de fútbol porque los clubes no cumplían con los contratos de los jugadores profesionales y con los acuerdos con la SAFAP.
- En el mismo 2009 la crisis de los clubes de fútbol se hizo evidente, no solo por las acciones tomadas por la SAFAP, sino por los informes tributarios de la SUNAT (Súper Intendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria). En estos informes se revela que el club Universitario de Deportes debía S/ 68 millones por deudas tributarias, mientras que el club Alianza Lima adeudaba S/22,4 millones.
- En mayo del 2011 se realizó el primer intento de remate de una de las propiedades y bienes del club Universitario de Deportes, el complejo Campo Mar, el mismo que no logró concretarse.
- Para este año, 2012, la deuda de los clubes se pueden resumir de la siguiente manera: el club Universitario de Deportes debe S/. 146 millones a la SUNAT y $ 1,5 millones a la SAFAP; el club Alianza Lima debe S/. 27 millones a la SUNAT y $ 570 mil a la SAFAP; el club Sport Boys debe S/. 9 millones a la SUNAT y $ 470 mil a la SAFAP; el club Cienciano debe S/. 2,3 millones a la SUNAT y $ 600 mil a la SAFAP.
- El 20 de febrero del 2012, el presidente de la Junta Directiva de la Universidad San Martín, José Antonio Chang, ratificó en conferencia de prensa que el club San Martin de Porres se retiraba del fútbol profesional.
- El 4 de marzo del 2012, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto de Urgencia Nº 010‐2012.
Ante todo esto en el año 2008 el Gobierno Peruano intentó intervenir en la F.P.F., obteniendo como resultado la sanciónde la FIFA, ésta sanción desafiliaba a Perú de toda participación en eventos organizados por la FIFA, de igual manera privó a Perú de la Organización del sudamericano de fútbol sub-20 del año siguiente.

La consecuencia fue dejar al fútbol peruano como un enfermo en una sala de cuidados intensivos. Éste enfermo hace lo posible por tratar de recuperarse, de la mano de Clubes serios, formales como Sporting Cristal y en los últimos años con la aparición de la Universidad San Martín de Porres, Universidad César Vallejo, Juan Aurich, León de Huánuco, entre otros; a pesar de ello, no es suficiente porque el camino es cada vez más duro, teniendo en consideración que nuestro escenario real cuenta con la participación de dirigentes nefastos en el manejo de sus clubes e instituciones, que persisten continuamente en la informalidad total y absoluta, con deudas millonarias a Entidades del Estado, a sus jugadores y trabajadores, con denuncias por firmas de planillas de pago falsas, dejando de lado la ética, los principios y valores, dando lugar de manera lamentable a la materialización de acciones reprobables con actos de corrupción que no han tenido respuesta tajante por parte de la F.P.F. Y A.D.P.F. (Asociación Deportiva de Fútbol Profesional).
Ante esta problemática del fútbol peruano, el Gobierno se vio en la obligación de dictar un Decreto de Urgencia con la finalidad de salvar a los Clubes de Fútbol deudores.


II.- Decreto de Urgencia 010-2012 (04-03-2012)
El Decreto de urgencia 010-2012 es una respuesta del gobierno a una situación de crisis del deporte que todos conocemos como: "Fútbol", pasión de multitudes y deporte más popular del mundo; para algunos el fútbol es lo más importante de las cosas que no tienen importancia, sin lugar a dudas tema de discusión de la opinión pública; por tal motivo el Gobierno ante esta preocupación de casi toda la población emitió un Decreto, respuesta a la coyuntura futbolística nacional.
Pautas especiales del Decreto de Urgencia 010-2012:
- Vigencia.- Por sesenta (60) días a partir del día siguiente de la publicación en el diario Oficial regirá procedimiento concursal especial para el fútbol.
- Exclusividad.- Solo las Entidades de fútbol podrán acogerse a este procedimiento.
- Solo reestructuración.- El proceso concursal especial no contempla la posibilidad de la liquidación de la empresa.
- Régimen de administración.- No participa el deudor, sus acreedores u otra persona vinculada directa o indirectamente a ellos.
- Aplicación inmediata del nuevo proceso incluso a las solicitudes concursales iniciadas con anterioridad.
El Decreto de Urgencia 010-2012, crea un proceso concursal especial para personas jurídicas dedicadas a actividades deportivas exclusivamente el "Fútbol". Con la finalidad que se acojan al procedimiento concursal especial con la correspondiente protección patrimonial. Ello, bajo la premisa de que se está siguiendo una Reestructuración Patrimonial a cargo de un Administrador Temporal designado por INDECOPI (Instituto Nacional De Defensa De La Competencia Y De La Protección De La Propiedad Intelectual) siempre y cuando alguno de sus acreedores con deudas impagas mayores a cincuenta (50) UIT (Unidades Impositivas Tributarias) [S/.182.500 ciento ochenta y dos mil quinientos soles] demande el inicio de un proceso concursal especial" que será tramitado con mayor celeridad que un proceso ordinario: el deudor tendrá cinco días para tomar parte en el proceso. El resto de acreedores tendrá quince (15) días para acudir a confirmar el monto adeudado por los clubes.

De igual manera los mismos clubes a través de la Asamblea de socios pueden presentar la solicitud de acogerse al procedimiento concursal especial reconociendo su estado de falencia, para poder hacerlo de esta manera los Clubes deberán tener un estado financiero auditado de los dos (2) últimos años hasta el mes de Enero 2012, tomando en consideración que se presente esta solicitud en el mes de Marzo del presente año. En su defecto no puedan cumplir con este requisito, lo puede hacer cualquier Acreedor con deudas impagas mayores a 50 U.I.T. como citamos anteriormente.
La novedad de este decreto es la facultad de desapoderar la actual administración del club de fútbol deudor, a través del Administrador Temporal que deben ser Entidades Especializadas en administrar empresas en crisis y estar inscrito en Indecopi con la calidad de ser elegible para el bienestar del Club de fútbol que se le otorgará la responsabilidad de dirigir. El Decreto de Urgencia N° 010.2012 no contempla la posibilidad de que los acreedores opten por la liquidación de la persona jurídica. El espíritu de la norma es tratar de salvar a las instituciones deportivas con deudas.


La Junta de Acreedores, se limitará a adoptar los acuerdos consistentes en designar a sus autoridades, ratificar o remover al Administrador Temporal nombrando a su reemplazante, y aprobar o desaprobar el correspondiente Plan de Reestructuración. Acto con el cual concluye el procedimiento concursal especial; estando prohibido acordar la disolución y liquidación del deudor. Pueden participar en la junta de acreedores quienes hayan reclamado oportunamente el reconocimiento de sus créditos. Tras elegir sus autoridades, esta junta —en que no participará el deudor— definirá el régimen de administración en que tampoco tomarán parte los mismos acreedores o personas relacionadas a estos. Instalada la junta, habrá un plazo de hasta 30 días hábiles para designar al administrador y de hasta 60 días hábiles para la aprobación de un plan de restructuración, tras la referida designación. Este plan debe incorporar el procedimiento que se seguirá para reemplazar al administrador designado por la junta de acreedores, en caso de renuncia. Asimismo, se deberá definir el fuero jurisdiccional —judicial o arbitral— en que se resolverá cualquier controversia.


El administrador Temporal tendrá la función de reestructurar y sanear financieramente a los clubes, es decir lo que se conoce como activo concursal o sea masa de bienes del club y a su vez obligar la suspensión de pagos, no pueden pagar deudas hasta que se aprueba el plan de restructuración del club, tan pronto se aprueba el plan la empresa deja de estar en concurso y retorna a su estado financiero normal, la reestructuración deberá estar aprobada por la Junta de Acreedores.


El Administrador Temporal reemplazará a la Junta Directiva del Club de Fútbol deudor, vale decir a su Presidente, gerentes, representantes legales y apoderados del deudor en todas sus facultades legales y estatutarias. Éstos están obligados a entregar al administrador temporal toda la documentación y bienes del deudor, bajo responsabilidad penal y civil si se da el caso. En caso de obstruir el ingreso del administrador temporal a las instalaciones lugar donde tomará funciones, el Administrador Temporal podrá hacerlo a través de un Juez. De igual manera, tendrá la facultad de solicitar el levantamiento de medidas cautelares y devolución de bienes.

Los procedimientos concursales serán tramitados por la Comisión de Procedimientos Concursales de la sede central del Indecopi. En segunda instancia, serán procesados por la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi.-


III.-Apreciación:
Puntos a favor:
El decreto de urgencia 010-2012 es una medida excepcional y transitoria para la restructuración y apoyo al fútbol, a fin de sanearlo y organizarlo, antes de este decreto el panorama era muy oscuro, ahora por lo menos, tienen una luz de esperanza pues este decreto constituye una posibilidad para salir de la crisis a las instituciones deportivas.
Con este decreto cada Entidad deportiva podría establecer un cambio de tipo de organización de asociaciones sin fines de lucro a sociedades anónimas o ir a un fideicomiso para separar los pasivos malos y salvar los activos; o cualquier otra forma de ingeniería financiera.
En un proceso concursal ordinario, el principal acreedor [en este caso la Sunat (Súper Intendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria] hubiera tenido que levantar los embargos y por tanto se hubiera puesto en riesgo el poco patrimonio que aún tienen los clubes de fútbol, dado el mal manejo administrativo que padecen.
La Sunat ya tiene embargados los campos de fútbol y las marcas de los equipos deudores más importantes como ‘Universitario’ y Alianza Lima". Sin embargo, con el decreto aprobado no se levantarán los embargos hasta que se convoque a la junta de acreedores.
Este decreto no extingue la deuda tributaria, solo le da las facilidades para que los clubes morosos abonen los ciento noventa millones de soles ( S/. 190 millones) (aproximadamente setentitrés $/.73 millones de dólares) que adeudan de acuerdo al plan de reestructuración que se apruebe.
Este decreto, otorga a los Clubes deudores una última oportunidad para que funcionen a futuro como una actividad rentable. Reconociendo también que uno de los motivos para haber optado por aprobar el decreto de urgencia fue el impacto que tiene el fútbol en la población.


Puntos en contra.
Esperamos que este decreto de Urgencia no falle como el Decreto Supremo 012-2010-ED, reglamento de la Ley Nº 29504, que promovía la transformación y participación de los Clubes Deportivos de Fútbol Profesional en Sociedades Anónimas Abiertas .Esta ley permitía que los clubes deportivos profesionales, una vez establecidos como sociedades anónimas, puedan fraccionar sus deudas en el plazo de veinte años. Los clubes deudores hicieron caso omiso a esta ley.-
El decreto no nombra a los futbolistas como actor principal del fútbol y corre el riesgo de que se queden sin cobrar de acuerdo al cronograma de pago, firmado con al SAFAP sería un problema que el Administrador Temporal no reconozca la deuda del Club con el futbolista.
No soluciona el principal problema: la gestión ineficiente de los Directivos de los Clubes deudores.
La intención de algunos congresistas de derogarla considerándola inconstitucional ya que no cumple con los requisitos de excepcionalidad, necesidad e interés nacional, además de vulnerar el principio‐derecho de igualdad. Teniendo en cuenta que los decretos de urgencia deben responder a situaciones de crisis o de emergencia nacional antes que a beneficiar a determinadas instituciones.
El decreto ha generado expectativas pues las mypes están en coordinación para solicitar el mismo trato.

Conclusión:
En conclusión el decreto 010-2012, es una norma favorable, no la considero inconstitucional, porque el fútbol es un tema especial, es la alegría de un país, por tanto es de interés nacional y califica en el grado de Decreto de Urgencia, asimismo eliminará las distorsiones en el campo empresarial originado por falsas organizaciones sin fines de lucro que se aprovechaban de la economía y de la continuidad, atornillándose al poder y haciendo goles a su propio arco, sin importar que lo más importante de las Instituciones deportivas son sus aficionados.
No obstante, debería sancionarse a los Directivos de instituciones que han demostrado un pésimo manejo ético, moral y societario.
De igual manera a mi entender esta acción del Gobierno peruano, no es una ley de salvataje que automáticamente ayude a los Clubes a salir a flote, lo que si considero es que es un respirador artificial el cuál si se trabaja con la responsabilidad, ética, principios y valores, los clubes deudores lograrán salir de la crisis a través de esta medida y amortizar sus deudas a través de financiamientos a largo plazo.-
Es decir, la victoria de este difícil partido con marcador en contra, dependerá de la voluntad y honradez de las personas destinadas a Administrar cada Club.

Autor: Jesús Christian Valdéz (Asesor jurídico en Derecho Civill y Deportivo).
Publicado en : www.eldial.com el 13/03/2012