EL DERECHO AMBIENTAL DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS Y DE EFICAZ GESTIÓN GUBERNAMENTAL

 




El derecho ambiental es una rama del derecho vasto en su contenido y aplicación. Son muchas las áreas del derecho que afectan y cumplen roles para la aplicación del mismo. Más aún son muchas las carreras profesionales que deben aunarse a la creación de normas ambientales, a su regulación, entendimiento, aplicación y realización conjunta de cada uno de los objetivos del derecho ambiental. Ramas del derecho como el derecho comercial, el derecho laboral, derecho minero, derecho a la propiedad intelectual y variadas profesiones ubicadas en el área de las ciencias, como la biología, la geología, la meteorología, la hidrología, la botánica, la bioquímica, etc., así como la intervención de otro tipo de profesiones que responden a una naturaleza tecnológica, como la ingeniería industrial, forestal, agropecuaria, alimentaria, etc., son instrumentos de aplicación necesarios en la búsqueda del cumplimiento de un reto, el cual consiste en la correcta implementación del derecho ambiental siguiendo lineamientos de eficacia y eficiencia enmarcados en términos reales y posibles que permitan una mejora en nuestro medio ambiente y por lo tanto en la vida y salud de cada uno de los ciudadanos que dependen de la realidad ambiental nacional y mundial.

Todos estos esfuerzos en el área ambiental necesitan, como ya hemos señalado, de diferentes ramas profesionales y estas de diferentes ramas del derecho, siendo obviamente la del ambiental la especialidad donde recaen las labores de sincronización, toma de decisiones, recolección y final empoderamiento de la información perteneciente a las competencias de otras áreas, de modo tal que la suma de conocimientos servirá como base para la orientación de políticas ambientales. El derecho ambiental ha ido poco a poco llegando a las agendas nacionales. Siguiendo la línea de desarrollo y avance del derecho ambiental en el contexto internacional, tenemos que de modo posterior a la Declaración de Estocolmo se presenta como un segundo hito de desarrollo, en el año de 1987, el Informe «Nuestro Futuro Común», más conocido como el «Informe Brundtland», el cual da a luz al término «desarrollo sostenible».

Componentes a tomar en consideración para la obtención exitosa de objetivos claros en el plano ambiental

La existencia de una voluntad política por parte de los gobiernos, el interés de nuestros diferentes partidos políticos y el estudio que realicen agencias de organismos internacionales, como son los realizados por las Naciones Unidas mediante por ejemplo el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, configuran elementos de base, de impulso e incentivo de conciencia ambiental. Sin embargo, todo este tipo de esfuerzos, llámese voluntad política y/o incentivos políticos internacionales, carecería de todo real significado de aplicación triunfante dentro de las variantes destinadas a la creación de una fórmula de éxito de los temas ambientales y por ende del derecho ambiental si es que no llega a entenderse que otras variables son más que necesarias para la obtención de tales logros comunes. Nos referirnos a la educación y cultura ambiental, a las campañas de sensibilización, de información, no por gusto uno de los principios rectores del derecho ambiental son el derecho de información y el derecho de participación ciudadana . La aplicación de esos principios tiene un peso clave dentro de los retos de implementación y aplicación del derecho ambiental.

Esta falta de información no comulga con una política de fomento a un medio ambiente sano basado en el principio de sostenibilidad y, menos aún, en los principios de aplicación a priori ya mencionados. De la existencia de medidas legislativas coherentes, así como la presencia de gobiernos que apliquen sus políticas de modo transversal, dependerá el éxito de protección del medio ambiente. Caso contrario, quedaría simplemente un listado de leyes que pretenden proteger el medio ambiente. Un derecho humano de tercera generación, reflejado en un derecho al Medio Ambiente, y un derecho al Desarrollo, derechos cuyos logros de objetivos dependen de la colectividad y no solo de un individuo.

Si no logramos el reconocimiento del derecho ambiental, al estándar de un derecho a un medio ambiente sano, de un derecho a una calidad de vida, a la categoría de derecho humano, restamos importancia al mismo, quitamos la real perspectiva que el tema tiene y dejamos de sintonizar el objetivo que merece el desarrollo sostenible, el que se relaciona con la vida de las presentes generaciones y de las futuras generaciones. El derecho ambiental siempre estará relacionado con los derechos humanos de todas las personas y con mayor énfasis de grupos vulnerables como lo son los pueblos indígenas y las poblaciones que viven en extrema pobreza. La respuesta es muy fácil, el primer grupo en mención, los pueblos indígenas16 corresponden a grupos poblaciones que aplican de mejor modo el principio de sostenibilidad del cual hablamos y rigen sus vidas de manera increíble con tal principio y las labores del derecho ambiental. Son los pueblos indígenas los que sin matricularse en cursos básicos ni avanzados de Derecho al Desarrollo Sostenible, los que hacen uso de los recursos naturales de modo inteligente y eficiente.

Con este último punto queda reafirmada la vinculación de los temas de derechos humanos con el derecho ambiental, no solo por el derecho a una vida sana y de calidad que tiene todo ser humano, sino por la vinculación necesaria del derecho ambiental con los grupos vulnerables mencionados, quienes son materia de especial protección por los derechos humanos y que se encuentran en una estrecha y dinámica relación con el medio ambiente y sus problemáticas.

Conclusiones

Debemos considerar que los retos de una política y de un derecho ambiental vienen aunados a un análisis y una práctica totalmente transversal del principio de sostenibilidad con el análisis conjunto de pilares fundamentales como son los aspectos económicos, políticos, sociales/ culturales y los ecológicos, tomando principios éticos como soporte de los mismos, bases que deben ser analizadas transversalmente con una serie de elementos como población, organización social, tecnología, territorio y aspiraciones sociales. Este análisis dinámico otorgado por los estudiosos de la problemática ambiental, ya antes mencionados, es de característica totalmente transversal, desde los pilares de acción hasta cada realidad perteneciente a cada uno de los factores listados, lo que permite el entendimiento real de cada problemática y el ataque de raíz a cada componente, obteniendo como resultados indicadores positivos no solo de resultados sino de real impacto en la vida de cada grupo poblacional existente en el Perú y al mismo tiempo de manera global, de todo el Perú como una unidad. La aplicación del principio de sustentabilidad necesita claramente de la aplicación transversal de cada elemento en mención. Como señala Otis Ducan, solo se logrará la sustentabilidad con el equilibrio dinámico de los elementos ya referidos. Es decir, cada vez que se estudie una posible política ambiental deberá analizarse la satisfacción de aquellos elementos. Finalmente, podemos sintetizar que el éxito de un política ambiental está basada en esta especial dialéctica y sinergia de los elementos en mención, de modo transversal y sostenible, sin dejar de considerar su característica colectiva, donde el trabajo de todos implica la real efectividad y eficiencia de los proyectos, por lo que es necesaria la aplicación de los principios de información y participación ciudadana sostenidos por una democracia que permita la representación de los ciudadanos, el respeto a los derechos humanos, a la separación de poderes , al estado de derecho, a las instituciones y al orden jurídico establecido.

 



 


Fuente: Romina Caminada Vallejo, 17 de diciembre de 2012.