PETROLERAS DEBERÍAN RESOLVER PASIVOS AMBIENTALES AUN SI NO LOS PROVOCARON

 

 

Ante situaciones de emergencia en el sector petrolero relacionadas a pasivos ambientales en los que no se haya determinado a sus responsables, serán las operadoras de lotes donde ocurran esos casos las que deberán adoptar acciones de primera respuesta para atenderlos, según el nuevo Reglamento de la Ley que Regula Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos.

Así, por ejemplo, si la lluvia inunda un área contaminada con un derrame de petróleo causado por un tercero, o manos extrañas rompen un ducto que transporta crudo y se contamina un río, será el titular del lote en cuya área de concesión se registra el caso el que tenga que invertir para resolver esa emergencia, según concluyen los expertos.

De acuerdo al nuevo reglamento, de darse situaciones de emergencia, los titulares de lotes estarán facultados a exigir a quienes sean responsable de los pasivos el pago de los gastos incurridos en la ejecución de las acciones de primera respuesta mencionada en la norma.

Riesgos

Al respecto, Vanessa Chávarry, especialista del Estudio Payet, advirtió que esa nueva exigencia puede afectar a las operadoras de lotes, pues si no se puede identificar al causante del pasivo ambiental, no habría forma en que recuperen lo invertido para atender la emergencia.

Más aún, dijo, podría desincentivar al ingreso de nuevos operadores a lotes donde subyacen cantidades importantes de pasivos ambientales por remediar.

Explicó que hay 3,389 pasivos ambientales identificados en el país, y con este reglamento se entiende que serán los operadores los que asuman responsabilidad ante emergencias, aun si no son causantes de ellas.

Un aspecto positivo, observó Chávarry, es que el nuevo reglamento permite a las empresas volver a explotar o buscar crudo en áreas consideradas pasivos ambientales.

OEFA

De otro lado, el especialista Anthony Laub afirmó que un cambio importante que introduce este reglamento es que dispone que ya no será OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental) el que determine quién es responsable de los pasivos ambientales, sino que esa función recae ahora en la Dirección General de Asuntos Ambientales y Energéticos del Minem.

Consideró que ese cambio sería una respuesta del Estado al conflicto que surgió entre OEFA y Pluspetrol Norte (empresa a la que ese organismo atribuyó responsabilidad por pasivos ambientales en el lote 192), y que terminó con la disolución de dicha firma y la devolución del lote 8.

No obstante, Laub opinó que un aspecto negativo del reglamento es que establece como obligación para las empresas la de realizar procesos de participación ciudadana para los planes de abandono de lotes, cuando ese procedimiento ya se hace al momento de elaborarse estudios de impacto ambiental.



Fuente: Gestión, 30 de Diciembre del 2020.