Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA confirma sanción a Nyrstar por S/. 370,000

  

Lima, abr. 17 (ANDINA). El Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) confirmó la sanción por 370,00 nuevos soles (100 Unidades Impositivas Tributarias) impuesta a la empresa Nyrstar Ancash (Nyrstar) por infringir la normativa ambiental, al haber excedido los límites máximos permisibles (LMP) .

 

Unidad minera Pucarrajo (Ancash) operada por Nystar.

Unidad minera Pucarrajo (Ancash) operada por Nystar.

 

 

 

 

 

 

 

La confirmación de la sanción a la empresa se dio mediante Resolución N° 082-2013-OEFA/TFA.

Agrega que en la supervisión llevada a cabo en la unidad minera Pucarrajo (Ancash), se detectó que los efluentes mineros descargados en las quebradas Pucarrajo y Shahuana Tayash infringían la normativa sobre LMP para los parámetros de zinc, fierro y sólidos totales suspendidos.

La Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA expidió la Resolución Directoral N° 305-2012-OEFA/DFSAI, sancionando a  Nyrstar con 100 UIT, decisión que fue apelada por esta empresa alegando, entre otros aspectos, la inexistencia de daño ambiental.

La Ley General del Ambiente define el daño ambiental como todo menoscabo material que sufre el ambiente o alguno de sus componentes, tenga origen o no en la contravención a normas de protección y conservación del ambiente, cuyos efectos negativos pueden ser actuales o potenciales.

El Tribunal precisó que el menoscabo constituye toda afectación al ambiente que se produce, por ejemplo, al emitir sustancias contaminantes que deterioran la calidad física o química de alguno o varios de los elementos del ambiente y alteran su estado natural en mayor o menor medida.

Igualmente, indicó que resulta suficiente que los efectos negativos del menoscabo sean potenciales, lo que sucede al exceder los LMP.

En efecto, el Tribunal recordó que los LMP son “la medida de la concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos que caracterizan a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente”.

Por lo tanto, la máxima autoridad administrativa en materia de fiscalización ambiental ha precisado que, al superarse los niveles tolerables de descargas al ambiente establecidos normativamente, se produce daño ambiental en los términos previstos en la Ley General del Ambiente.

Al pronunciarse sobre la impugnación planteada por Nyrstar, y luego de haberse verificado el exceso de los LMP en los parámetros de zinc, fierro y sólidos totales suspendidos, el Tribunal concluyó que se habría configurado daño al ambiente y; por tanto, la infracción grave bajo la cual fue sancionada la empresa.

(FIN) AQR/AQR

Publicado por Agencia Peruana de Noticias (17 de Abril de 2013)

 

Mejorará gestión de los recursos hídricos


En el Foro Económico Mundial para América Latina 2013, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) firmó un convenio internacional con la WaterResourcesGroup 2030 (WRG) en el que podrá intercambiar oportunidades de cooperación y acuerdos específicos para mejorar la gestión integrada de los recursos hídricos en nuestro país.

Mediante este apoyo, la ANA y WRG realizarán proyectos en torno a políticas públicas para la gestión integrada de los recursos hídricos, uso eficiente del agua, esquemas técnicos e institucionales para el desarrollo y la transformación de seguridad alimentaria y energética, entre otros.

"WRG llega al Perú con la intensión de aportar todas sus experiencias en materia de recursos hídricos. Estamos muy contentos con la ANA que realiza un trabajo profesional y eficaz."

Publicado por Diario El Peruano (25 de Abril de 2013)

 

Senace verá sostenibilidad ambiental y social desde 2014


El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) se encargará de garantizar la sostenibilidad ambiental y social de los proyectos de inversión desde abril del 2014, con la implementación del denominado Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d).

Así lo anunció ayer el viceministro de Gestión Ambiental, Jaime Jesús, quien dijo que esto será posible, según el cronograma de implementación del Senace, aprobado el 25 de abril pasado y que da inicio al proceso de implementación y transferencia de funciones de aprobación de los EIA-d.

 

Publicado por Diario La República (28 de Abril de 2013)