FONDOS MUTUOS PODRÍAN ANULAR INVERSIONES BAJO SOSPECHA DE LAVADO DE DINERO

Habrá más vigilancia para detectar lavado en transacciones transfronterizadas y electrónicas.

Empresas supervisadas por la SMV deberán conocer bien a sus proveedores.


La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) publicó ayer un proyecto de modificación de las normas para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicables a las empresas bajo su control y supervisión.

Así, las sociedades agentes de bolsa (SAB), las sociedades administradoras de fondos mutuos (SAFM) y la de más firmas del mercado de capitales obligadas a reportar operaciones sospechosas de blanqueo de dinero, podrán anular la relación con sus clientes cuando no puedan identificar y verificar la identidad de los mismos, según la propuesta.

La debida diligencia en el conocimiento del cliente es una responsabilidad de estos sujetos obligados a reportar a la UIF, que les permite detectar a posibles lavadores de dinero. Cuando no puedan cumplir con esta identificación , tales empresas tendrán la opción de no iniciar la relación comercial, no efectuar la operación solicitada y/o terminarla, según el proyecto de norma.

Además, podrán evaluar la posibilidad de emitir un reporte de operaciones sospechosas (ROS) respecto de dicho cliente.

Solo cuando hay indicios razonables de que el cliente ejerce actividades de lavado, y para evitar alertarlo, los sujetos obligados pueden obviar la obligación de su debido conocimiento.

Transferencia

La propuesta de norma también fortalecerá la vigilancia para detectar el lavado de dinero en los servicios de corresponsalía transfronteriza, las transferencias electrónicas, los nuevos productos y/o prácticas comerciales, y en el uso de nuevas tecnologías, operaciones que son consideradas de alto riesgo.

En estos casos, los sujetos obligados deben garantizar una debida diligencia aún más intensa sobre clientes, beneficiarios finales y otras empresas involucradas en las operaciones.

La SMV recibirá en los próximos 10 días opiniones sobre este proyecto, que incorpora, además, la obligación de las empresas supervisadas de pedir y verificar información de sus proveedores.

Fondos exclusivos para AFP

La SMV planteó modificaciones al reglamento de fondos mutuos y sus sociedades administradoras. En un proyecto normativo, el regulador establece un régimen más flexible para los fondos mutuos dirigidos exclusivamente a inversionistas institucionales, como las AFP y las compañías de seguros.

La idea es da run mayor impulso a los fondos mutuos, indicó la SMV.

La propuesta reduce el requerimiento de capital adicional exigible a las sociedades administradoras respecto de los patrimonios de sus partícipes.

Asimismo, se introducen mejoras a la regulación sobre los custodios.

Publicado en Gestión,,18 de mayo del 2018.