EN EMPRESAS DE LA BVL, SEGÚN PROPUESTA DE SMV

POR PRIMERA VEZ SE FIJARÁN REQUISITOS PARA ELEGIR A DIRECTORES INDEPENDIENTES

SMV simplificó información requerida para inscripción de programas de emisiones de bonos de empresas. Así, se agilizará la emisión de estos títulos de deuda en el mercado local.

Las firmas que listen en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) estarán obligadas a cumplir una serie de requisitos a la hora de elegir a sus directores independientes.

Así lo establece un proyecto de norma publicado por la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), que señala que estos lineamientos, por primera vez definidos, buscan ofrecer a las empresas con valores inscritos en el registro de la SMV un insumo que las oriente al calificar a un director independiente como tal.

En esa línea, se plantea que para elegir a un director independiente, la persona no debe ser o haber sido director, gerente o empleado de la sociedad, de una empresa de su mismo grupo económico o en las firmas de accionistas que tengan participación igual o mayor al 5% del capital en la citada sociedad, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde el cese de esa relación.

Además, se establece que no podrán acceder al cargo de los directores independientes de la firma, o de su grupo económico, que tengan más de 10 años -continuos o alternados durante los últimos 15 años- en ese puesto.

Otro requisito es que el director independiente no debe tener o haber tenido en los últimos tres años una relación de negocio, directa o indirecta, con la sociedad o cualquier empresa de su mismo grupo económico.

Asimismo, no debe ser cónyuge o mantener una relación análoga de afectividad, ni tener parentesco de hasta segundo grado con accionistas, miembros de directorio o de la alta gerencia de la empresa.

Se precisa que el que ocupe el cargo no debe ser o haber sido, en los últimos años tres años, director o parte de la alta gerencia de otra firma, en la que algún director de la sociedad -que busca elegir al director independiente- sea parte del directorio.

Se excluye también a quien en los últimos tres años haya sido socio o empleado de la auditoria externa de la compañía.

Bonos

Otro cambio normativo, recientemente introducido por la SMV, busca simplificar los requisitos para los trámites de las emisiones de bonos, y con ello agilizar la colocación de esos instrumentos, dijo Francisco Montoya, asociado de Lazo & De Romaña Abogados.

Hasta antes de esta modificación, para inscribir un programa de emisión de títulos de deuda se debía estallar con mucha precisión el uso de los recursos que provendrían de tales emisiones, incluso colocar los porcentajes del monto total del programa que serán utilizados para cada finalidad, indicó.

Sostuvo que esos requisitos eran difíciles, 'por no decir imposibles', de cumplir para muchas empresas y dilataban tales procesos.

En promedio, una inscripción puede demorar entre dos a tres meses por esta y otras trabas, refirió.

Ahora, solo basta poner una referencia general sobre el uso de los fondos en el documento del programa, y en cada emisión puntual hacer las precisiones, correspondientes, explicó el abogado.

Publicado en Gestión, 05 de diciembre del 2018.