INDECOPI CASTIGA CLÁUSULAS ABUSIVAS

En taxis por aplicativos.

En última instancia administrativa, el Indecopi confirmó la responsabilidad de dos empresas de taxis por aplicativo por incumplir con la garantía de seguridad e incluir clásulas abusivas en el otorgamiento de sus servicios.

En estos casos, el servicio ofrecido por las citadas empresas consistía en poner en contacto, mediante sus plataformas, a los pasajeros (consumidores) que buscaban trasladarse de un lugar a otro, con aquellos conductores afiliados que estaban dispuestos a efectuar este transporte.

El tribunal del Indecopi determinó que ambas empresas incumplieron con mas procedimientos de selección de conductores, ofrecidos en sus plataformas virtuales, como garantía de seguridad para sus usuarios.

Identificó también la imposición de cláusulas calificadas de abusivas, puesto que colocaban al consumidor en una situación de desventaja, al estar exonerada de responsabilidad por lo ofrecido a los usuarios; o por haberse encontrado el origen de la deficiencia dentro de su esfera de control, como defectos en el funcionamiento del aplicativo.

En total, la suma total de las multas impuestas a estas empresas ascendió a 251.51 unidades impositivas tributarias (UIT).

Publicado en Gestión, 3 de diciembre del 2019.

 

INDECOPI SANCIONA COLUSIÓN EN TRASMISIÓN DEL MUNDIAL RUSIA

Empresas acordaron excluir a operadores de televisión de paga de la posibilidad de retrasmitir la señal de Latina durante el Mundial 2018.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a las empresas Compañía Latinoamericana de Radiodifusión S.A. (Latina) y a DirecTV Perú por coludirse durante el Mundial de Fútbol Rusia 2018 para evitar que operadoras de televisión por cable trasmitan este evento deportivo.

Según la resolución de Indecopi, ambas empresas acordaron excluir a las operadores de televisa de paga -competidores de DirecTV- de la posibilidad de retrasmitir la señal de Latina por un periodo que comprendía el Mundial de Fútbol 2018, hecho que el Cuerpo Colegiado Permanente consideró una práctica colusoria vertical, en la modalidad negativa injustificada.

Sanciones

Las sanciones por estas prácticas colusorias sumaron un total de S/ 6.8 millones. DirecTV recibió una sanción de S/4.2 millones -equivalente a 1,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) - mientras que a Latina se le multó con S/2.6 millones, equivalente a 641 UIT.

Las dos empresas tienen un plazo de 15 días hábiles para interponer recurso de apelación contra la resolución. En segunda instancia debe pronunciarse el Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel.

Publicado en Gestión, 5 de diciembre del 2019.