APRUEBAN REPROGRAMACIÓN DE CRÉDITOS PERO

SIN INTERÉS MORATORIO

Plantean que durante Estado de emergencia deudores de bancos solo paguen intereses. Podrán acogerse personas con ingresos menores a S/. 10,750 y empresas que no facturen más de S/.129,000.

Con el voto unánime de 14 legisladores y sin mayor debate, la Comisión de Economía del Congreso aprobó ayer un dictamen que prohíbe los cobros adicionales en la reprogramación de deudas bancarias.

La iniciativa, que acumula 19 proyectos de ley, plantea que durante el periodo de emergencia nacional o 90 días después de su eventual entrada en vigencia, los deudores que no han cumplido con cancelar sus cuotas mensuales solo paguen los intereses.

Y si esos intereses son mayores al 50% de la cuota, solo paguen el 50% de la misma.

Esta nueva propuesta confirma lo adelantado por Gestión (07.07.2020) respecto a que la Comisión de Economía dejaría de lado el proyecto de ley para congelar deudas aprobado hace unos días por la Comisión de Defensa del Consumidor.

"No hablamos de condonación de deudas, lo único que invocamos es brindar facilidades de pago sin cobrar mayores intereses ni cargas de los ya pactados inicialmente", señaló el congresista Anthony Novoa, presidente de la Comisión de Economía, a poner a votación el dictamen.

Ese mismo sentido, el vicepresidente de este grupo de trabajo, el legislador José Núñez, consideró que si bien la iniciativa de la Comisión de Defensa del Consumidor tenía buena voluntad, esta no es suficiente para hacer las cosas bien en el corte, mediano y largo plazo. "Por eso, en la Comisión de Economía hemos revaluado ese dictamen y no hablamos de congelamiento de deudas sino de reprogramar; y quien lo va a normar es la SBS", dijo Núñez a Canal N.

Los cargos adicionales que no podrá cobrar la banca en las reprogramaciones no están especificados en el dictamen aprobado, pero Núñez explicó que ahí se incluyen, por ejemplo, los intereses moratorios y compensatorios, y en general tasas mayores a las pactadas en el contrato inicial. "Que se cobren intereses compensatorios o interés moratorio es ponerle la soga el cuello a la persona que pidió el crédito", añadió.

La Comisión de Defensa del Consumidor ha planteado el congelamiento por 90 días de las deudas y todos los pagos (intereses, comisiones, tarifas) a los clientes de bancos y financieras. El dictamen de la Comisión de Economía, en cambio, solo incluye a los bancos y deja fuera a financieras, cajas municipales, cajas rurales y edmypes.

Asimismo pone un límite para los clientes que pueden acogerse a estas facilidades de pago. Solo lo podrán hacer las personas con ingresos brutos mensuales no mayores a las 2.5 UIT (S/.10,750) y las empresas cuya facturación mensual no exceda las 30 UIT (S/.129,000).

Luis Ernesto Marín, asociado principal del Estudio Echecopar, estimó que el dictamen aprobado ayer es algo confuso "Esta mal que una ley se meta en acuerdos entre privados. Y además tiene visos de inconstitucionalidad porque establece diferencia según el tipo de entidad financiera que se trate", opinó.

Además, los bancos ya vienen reprogramando los créditos de sus clientes en problemas, apuntó.

Los dictámenes de ambas comisiones ahora pasarán al pleno para su debate.

 

 

 

Publicado en Gestión, 09 de julio de 2020.