Multas que se lleven ante PJ no podrán ser fraccionadas

Indecopi ha modificado el Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento para aclarar las condiciones bajo las cuales una multa queda excluida de este beneficio. El cambio principal se enfoca en las sanciones que han sido llevadas al Poder Judicial. Cualquier multa que haya sido objeto de una acción judicial queda automáticamente fuera del beneficio de fraccionamiento.
Anteriormente, existían interpretaciones variadas sobre si se podía fraccionar una multa mientras el proceso judicial estaba en trámite. La nueva redacción del numeral 2.2.11 del Reglamento elimina esta ambigüedad. No importa si el proceso judicial está en trámite o ya concluyó; el simple hecho de haber interpuesto una acción judicial contra la sanción administrativa invalida la posibilidad de pagar la multa en cuotas. Este nuevo criterio se aplica a las solicitudes presentadas desde el 22 de noviembre. Las empresas y ciudadanos que decidan cuestionar una sanción de Indecopi ante el Poder Judicial deben considerar que, al hacerlo, pierden el derecho a solicitar facilidades de pago (como fraccionamiento) ante la entidad, incluso si el proceso judicial ya finalizó.
Fuente: Diario Gestión, pág. 15. 3 de diciembre del 2025.