El Senado aprobó proyecto para deudores hipotecarios

 

La bancada oficialista de la Cámara Alta ratificó el dictamen que había sido firmado el pasado martes. Beneficia a deudores privados de hasta $100 mil



 

El Senado aprobó anoche por unanimidad y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley aclaratorio de la ley de emergencia 25.561 y sus modificatorias, fijando pautas para resolver la forma de liquidar las deudas hipotecarias que entraron en mora como consecuencia de la crisis de fines de 2001.

El miembro informante fue el presidente de la Comisión de Legislación General, el santacruceño Nicolás Fernández, quien trazó una reseña de cómo se elaboró esta norma, que beneficia a los deudores privados de viviendas únicas para uso familiar, de hasta $100 mil pesos de valor.

Fernández destacó que luego de un esfuerzo conjunto de senadores y diputados que estudiaron el tema, se produjo "el hallazgo de cómo pagar las deudas".

Se fijó que los deudores deberán pagar a razón de un peso igual a un dólar, más un treinta por ciento de la diferencia con la cotización del dólar actual, y un interés máximo del 2,5 por ciento anual, a contabilizar desde el momento de originarse la deuda, lo cual implica un total de 1,83 pesos, descartándose la aplicación de cualquier otro índice.

El dictamen había sido aprobado por los senadores el martes, pocas horas después de que ocurriera lo mismo en un plenario de comisiones de la Cámara Baja.

La iniciativa, que fue elaborada por una comisión técnica integrada por diputados y senadores del kirchnerismo, establece una interpretación y aclaración de toda la normativa dictada en el marco de la emergencia económica, incluyendo a las leyes 25.561, 25.798 y 26.084.

Uno de los aspectos principales es que se introduce una novedosa fórmula para el recálculo de las deudas que consiste en partir de la paridad $1=u$s1, más un 30% de la diferencia entre $1 y el valor actual del dólar, más un interés de hasta 2,5% anual hasta cinco años.

Sin CER
Según explicó a Infobae el diputado Luis Cigogna, que integró la comisión técnica que tuvo a su cargo la elaboración del texto, la fórmula daría como resultado una suma de $1,83 por cada dólar adeudado, con los intereses correspondientes ya contemplados en esa suma.

El legislador había destacado la necesidad de “obtener una ley que no sea declarada inconstitucional porque se afectan los derechos del acreedor”, y ratificó que “en ningún caso se aplicará el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) para el recálculo de las deudas”.

Otro de los puntos relevantes de la iniciativa es que establece una suspensión de las ejecuciones hasta tanto se complete el proceso de conciliación entre partes y recálculo de la deuda por parte del juez.

Además de los dos ítem ya mencionados, la iniciativa contempla entre sus disposiciones las siguientes:

  • Se trata de una ley “interpretativa o aclaratoria” de toda la legislación vigente relacionada con la emergencia económica. 
  • A los efectos de esta iniciativa, entre las normas ligadas con la emergencia será incluida la ley 25.798, que creó el fideicomiso para deudas hipotecarias. 
  • La ley incluirá a deudores hipotecarios que se encuentren o ingresen en el fideicomiso previsto en la ley 25.798, y que hubieren incurrido en mora entre el 1º de enero de 2001 y el 11 de septiembre de 2003.
  • El importe de origen no podrá ser superior a 100.000 pesos.
  • Se establece un procedimiento especial al que deberán ceñirse los jueces en estos casos. 
  • Se elimina el artículo 19 de la ley 25.798, que prohibía ofrecer sumas complementarias a la establecida por el fideicomiso. 
  • Una vez sancionada, la ley se aplicará retroactivamente, en tanto no se vulneren derechos adquiridos.

 

Fuente: www.infobaeprofesional.com