Consejo
de Ministros del pasado viernes, 13/06/05 Las resoluciones concursales se
difundirán, en tiempo real, a través de Internet |
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El Consejo
de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea un mecanismo que
permitirá la difusión pública de las resoluciones judiciales en materia de
concursos de acreedores, a través de un portal de Internet. Esta clara
apuesta por la transparencia, sin precedentes en España, permitirá que las
empresas y particulares reciban en tiempo real información actualizada sobre
la capacidad de las personas con las que pretenden entablar relaciones
económicas. De esta forma, se reforzará considerablemente la seguridad del
tráfico mercantil, lo que probablemente motivará el incremento del volumen de
las operaciones. La medida
adoptada por el Gobierno resulta especialmente trascendente si se tiene en
cuenta su carácter pionero e innovador. Se inaugura una nueva forma de prestación
de servicio en el ámbito de la información y publicidad administrativa a
través de las nuevas tecnologías. Asegura una respuesta ágil y eficaz a las
nuevas demandas de un entorno social que resulta cada vez más dinámico y
exigente. Acceso
para cualquier ciudadano Desde la
entrada en funcionamiento del sistema, que se producirá en fechas próximas,
cualquier ciudadano podrá tener un acceso a través de Internet a determinado
tipo de información sobre los empresarios que se encuentren sometidos a un
proceso judicial de concurso de acreedores. La
información proporcionada a través de este sistema abarca aspectos tan
importantes como el conocimiento de los autos de declaración y reapertura de
concurso voluntario o necesario, o del auto de apertura de la fase de
convenio, sentencia que lo apruebe o que, en su caso, declare su
incumplimiento o nulidad. También se
podrá recoger información sobre los autos judiciales de apertura de la fase
de liquidación o de la adopción de un plan para liquidar, que puede reflejar
las medidas administrativas que conlleven la disolución de una entidad, o el
auto de conclusión del concurso y la sentencia que, en su caso, resuelva su
impugnación. El sistema
permitirá, igualmente, conocer el auto de formación de la sección de
calificación y la consecuente sentencia como culpable, o cuantas resoluciones
dicte el juez pertinente en materia de intervención o suspensión de las
facultades de administración y disposición sobre los distintos bienes y
derechos que integren la masa activa. El portal
también proporcionará información sobre las personas que hayan podido ser
inhabilitadas para el desempeño del cargo de administradores, liquidadores o
apoderados. Sin duda, esto facilitará la elección de los profesionales que
resulten más adecuados para conseguir la continuidad de la actividad de la
empresa. Éste es, en realidad, el objetivo último de la legislación concursal. Pilares
esenciales Este nuevo
servicio público se ha construido sobre dos pilares esenciales. En primer
lugar, el Gobierno ha asumido decididamente su compromiso de garantizar un
acceso libre gratuito y permanente a la información. Con este objetivo se ha
apostado por la aplicación de las nuevas tecnologías; en concreto, las
posibilidades de la red Internet, que permitirá un rápido acceso a la
información concursal. Se asegura, además, que el
sistema resulte completamente gratuito, tanto para el insolvente, como para
el resto de interesados en el proceso. Esto es así porque no parece razonable
imponer un coste económico adicional por la publicidad del concurso y porque
los acreedores o los trabajadores del propio concursado tampoco deben
soportar nuevos costes para obtener esa información que les permita ejercitar
sus derechos. En segundo
lugar, el Ministerio de Justicia ha contado con la colaboración del Colegio
de Registradores de la Propiedad, Bienes Inmuebles y Mercantiles de España.
Éste ha puesto a disposición del Departamento la dilatada experiencia de sus
profesionales en cuestiones como el almacenamiento y el tratamiento de este
tipo de información, así como su desarrollada infraestructura tecnológica. Se
han mostrado como elementos indispensables a la hora de llevar a cabo con
éxito esta empresa. Fuente: Consejo General de la Abogacía
Española (CGAE) |