Consejo de Ministros del pasado viernes, 13/06/05

Las resoluciones concursales se difundirán, en tiempo real, a través de Internet

 

 

 

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea un mecanismo que permitirá la difusión pública de las resoluciones judiciales en materia de concursos de acreedores, a través de un portal de Internet.

Esta clara apuesta por la transparencia, sin precedentes en España, permitirá que las empresas y particulares reciban en tiempo real información actualizada sobre la capacidad de las personas con las que pretenden entablar relaciones económicas. De esta forma, se reforzará considerablemente la seguridad del tráfico mercantil, lo que probablemente motivará el incremento del volumen de las operaciones.

La medida adoptada por el Gobierno resulta especialmente trascendente si se tiene en cuenta su carácter pionero e innovador. Se inaugura una nueva forma de prestación de servicio en el ámbito de la información y publicidad administrativa a través de las nuevas tecnologías. Asegura una respuesta ágil y eficaz a las nuevas demandas de un entorno social que resulta cada vez más dinámico y exigente.

Acceso para cualquier ciudadano

Desde la entrada en funcionamiento del sistema, que se producirá en fechas próximas, cualquier ciudadano podrá tener un acceso a través de Internet a determinado tipo de información sobre los empresarios que se encuentren sometidos a un proceso judicial de concurso de acreedores.

La información proporcionada a través de este sistema abarca aspectos tan importantes como el conocimiento de los autos de declaración y reapertura de concurso voluntario o necesario, o del auto de apertura de la fase de convenio, sentencia que lo apruebe o que, en su caso, declare su incumplimiento o nulidad.

También se podrá recoger información sobre los autos judiciales de apertura de la fase de liquidación o de la adopción de un plan para liquidar, que puede reflejar las medidas administrativas que conlleven la disolución de una entidad, o el auto de conclusión del concurso y la sentencia que, en su caso, resuelva su impugnación.

El sistema permitirá, igualmente, conocer el auto de formación de la sección de calificación y la consecuente sentencia como culpable, o cuantas resoluciones dicte el juez pertinente en materia de intervención o suspensión de las facultades de administración y disposición sobre los distintos bienes y derechos que integren la masa activa.

El portal también proporcionará información sobre las personas que hayan podido ser inhabilitadas para el desempeño del cargo de administradores, liquidadores o apoderados. Sin duda, esto facilitará la elección de los profesionales que resulten más adecuados para conseguir la continuidad de la actividad de la empresa. Éste es, en realidad, el objetivo último de la legislación concursal.

Pilares esenciales

Este nuevo servicio público se ha construido sobre dos pilares esenciales. En primer lugar, el Gobierno ha asumido decididamente su compromiso de garantizar un acceso libre gratuito y permanente a la información. Con este objetivo se ha apostado por la aplicación de las nuevas tecnologías; en concreto, las posibilidades de la red Internet, que permitirá un rápido acceso a la información concursal. Se asegura, además, que el sistema resulte completamente gratuito, tanto para el insolvente, como para el resto de interesados en el proceso. Esto es así porque no parece razonable imponer un coste económico adicional por la publicidad del concurso y porque los acreedores o los trabajadores del propio concursado tampoco deben soportar nuevos costes para obtener esa información que les permita ejercitar sus derechos.

En segundo lugar, el Ministerio de Justicia ha contado con la colaboración del Colegio de Registradores de la Propiedad, Bienes Inmuebles y Mercantiles de España. Éste ha puesto a disposición del Departamento la dilatada experiencia de sus profesionales en cuestiones como el almacenamiento y el tratamiento de este tipo de información, así como su desarrollada infraestructura tecnológica. Se han mostrado como elementos indispensables a la hora de llevar a cabo con éxito esta empresa.

Fuente: Consejo General de la Abogacía Española (CGAE)