MEM DA MARCHA ATRÁS EN DECRETO QUE HABRÍA ELEVADO LAS TARIFAS ELÉCTRICAS

 

 

AUTOR: Elías García Olano

La iniciativa de ese ministerio -de aprobarse- habría significado un incremento en las facturas para consumidores eléctricos finales, del 2.3%, según el organismo regulador Osinergmin.

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) decidió no continuar con la modificación normativa que planteó para facilitar la entrada en funcionamiento de un conjunto de pequeñas centrales hidroeléctricas y eólicas -cuyas obras están atrasadas y su plazo para iniciar operación ya venció-, y que, de aprobarse, habría significado alzas de más de 2.3% en las tarifas eléctricas.

La iniciativa del MEM, ahora desestimada, buscaba modificar el reglamento de la Ley de Generación de Electricidad con Energías Renovables, para extender el plazo para la puesta en operación comercial (POC) de 18 proyectos de generación que fueran adjudicados en la tercera y cuarta subastas de energías renovables (RER), realizadas años atrás por Osinergmin, por encargo del MEM.

El problema es que, de once proyectos adjudicados en la tercera subasta y que debían entrar en operación entre el 2016 y 2018, a noviembre último, según Osinergmin, siete tenían 0% de avance, dos tenían más del 86% de construidos, y otros dos menos de ese porcentaje.

Asimismo, de siete proyectos adjudicados en la cuarta subasta, a noviembre del 2018, cinco tenían 0% de avance, uno tiene 27% y otro 14% de obras avanzadas, pese a que tienen que entrar en operación comercial entre el 2017 y 2020.

Facultad

Frente a esta situación, el MEM propuso que en el reglamento en mención, se permitiera a ese ministerio tener la facultad de aprobar cambios en la fecha real de la puesta en operación comercial de los citados proyectos, para fecha posterior al límite establecido, en casos de afectación acreditada para poder cumplir esos plazos, y las concesionarias podrían plantear por única vez ampliación por un plazo adicional.

La propuesta normativa del citado ministerio recibió diversas observaciones en general por parte de diversos entes involucrados, entre ellos de Osinergmin, que observó que ampliar la fecha de los contratos (para la operación de esas centrales) sin establecer límites, significaría un aumento en las tarifas eléctricas del usuario final, en aproximadamente 2.3%.

Ese -precisó el regulador- es el valor estimado, considerando solo la prolongación de los contratos de los adjudicatarios de la tercera subasta.

Efecto

La consecuencia del retiro de la propuesta del MEM, además de evitarse un alza en las tarifas eléctricas, según expertos consultados, será que se tendrá que aplicar la ejecución de garantías a los concesionarios por no cumplir el contrato de suministro, y que perderían los ingresos garantizados vía tarifas.

Pero, indican, no pierden sus contratos de concesión definitiva, es decir, podrán iniciar operación, pero ya en igualdad de condiciones que otras centrales no subastadas.

 


Publicado por: Gestión, 09 de Enero del 2019.