
El sector de las energías renovables en el Perú ya no requiere de incentivos económicos como los de hace dos décadas debido a la drástica reducción en los costos de generación solar y eólica, sino de un marco regulatorio claro y predecible que brinde certeza a las inversiones. Frente a una demanda eléctrica en constante crecimiento —impulsada por la reactivación minera, nuevos proyectos industriales y la electrificación de diversas actividades económicas—, la incorporación de estas tecnologías no busca reemplazar al gas natural ni a la hidroenergía, sino complementarlos junto con sistemas de almacenamiento para construir una matriz energética más competitiva, resiliente y diversificada. No obstante, el desarrollo del sector enfrenta un importante cuello de botella por el retraso regulatorio del Ejecutivo. Aunque en enero de 2025 se aprobó la Ley 32249 —la reforma eléctrica más relevante de los últimos quince años para facilitar la contratación y financiamiento de renovables—, sus reglamentos continúan pendientes a causa de la alta rotación de funcionarios en el Ministerio de Energía y Minas.
A esto se suma la ausencia de una política energética nacional actualizada. La vulnerabilidad de depender de un sistema concentrado se evidenció en marzo pasado, cuando la rotura del ducto de Camisea paralizó gran parte de la generación eléctrica nacional por varios días, obligando a recurrir masivamente al diésel y ocasionando severas pérdidas económicas. Dentro de la agenda pendiente, resulta crucial regular el almacenamiento con baterías de manera independiente y no solo como un requisito técnico para nuevas centrales, de modo que se cree un verdadero mercado autónomo capaz de proveer reservas operativas, reducir congestiones y brindar respaldo en horas críticas. Habiendo solicitado facultades legislativas al Congreso para actualizar el marco del sector, la prioridad del Gobierno radica en destrabar con celeridad la reglamentación pendiente y viabilizar el almacenamiento para aprovechar el contexto favorable de la demanda.
Autor: Álvaro Klauer. Fuente: Diario Gestión, pág. 8, 8 de setiembre del 2026.