LOS NUEVOS CANDADOS DEL RETIRO POR DESEMPLEO

Restricciones, afiliados a las AFP deberán cumplir con ciertos requisitos para jubilarse a los 50 años (mujeres) o 55 años (varones).

Más de S/25.000 millones han salido del sistema por el REJA y la Ley del 99,5.


Ayer se promulgó la Ley 30393, que establece el régimen especial de jubilación anticipada (RAE) del Sistema Privado de Pensiones de manera permanente y bajo ciertos requisitos que tendrán que cumplir los afiliados para acceder al beneficio.

La primera condición es contar con 50 años cumplidos al momento de solicitar el beneficio en el caso de las mujeres y con 55 años para el caso de los varones.

En segundo lugar, el afiliado deberá estar en situación de desempleo durante 12 meses consecutivos o más, y acreditar su fecha de cese con un documento de fecha cierta. En caso hubiese percibido ingresos de cuarta categoría durante dicho período, el valor total de sus ingresos deberá ser menor o igual al equivalente a siete unidades impositivas tributarias (UIT) o S/ 29.400. Deberá presentar un documento de la Sunat como sustento.

Este último punto difiere del régimen anterior, en el cual solo era necesario acreditar 12 meses de desempleo por quinta categoría.

El nuevo REJA, además, de derecho a la redención del bono de reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, y aun se haga agotado con anterioridad los fondos del afiliado.

El comercio conversó con la presidenta de la Asociación de AFP, Giovanna Prialé, quien se mostró en desacuerdo con la norma emitida, ya que esta "sigue siendo un parche que no resuelve el problema de fondo, que es que la gente no ahorra para su jubilación".

Agregó que la medida pudo ser incluida dentro de un paqueta más completo de reforma estructural de las pensiones y seguridad social, ya que hoy día siete de cada diez peruanos no ahorra para su jubilación.

"Habría que observar el hecho de que el bono de reconocimiento se va a pagar dentro de dos años. Si el ministro ha dicho que tenemos dinero para aumentar la pensión mínima, ese dinero también pudo pagar el bono de reconocimiento", añadió.

-Modalidad ordinaria-

La ley establece también nuevos requisitos para la jubiliación anticipada ordinaria (JAO) que resultan más estrictos que la norma anterior.

Así, la JAO procederá cuando el afiliado tenga más de 50 años en el caso de mujeres y 55 en el de hombres, y siempre que obtenga una pensión igual o mayor al 40% del promedio de las remuneraciones recibidas en los últimos 120 meses, deduciendo gratificaciones.

Por el calculo de dicho porcentaje, no se consideran los aporten voluntarios con o sin fin provisional que excedan el 20% de la cuenta personal obligatoria (o fondo de pensiones) con una permanencia menor a nueve meses.

Al respecto, Renzo Ricci, gerente general de Prima AFP, señaló que la ley aprobada corrige parcialmente el problema que viene generando la combinación del REJA con el retiro del 95,5% de los fondos de las AFP, y que dejará sin pensión a los afiliados que eligen estas modalidades.

"Entre el REJa y la JAO han salido más de S/25.00 millones de los fondos (de pensiones) desde que se aprobó el retiro del 95.5% en abril del 2016. La refinería de Talara, por ejemplo, tiene una inversión total de US$ 5.500 millones, esto representa casi una refinería y media en tan solo dos años de retiro", agregó.

Asimismo, explicó que los afiliados tendrán que enfrentar el riesgo de la longevidad sin ingresos, dado que un tercio de los que retiran el 95,5 gasta inmediantamente su ahorro provisional, mientras que otro tercio lo guarda en una cuenta de ahorros sin obtener rentabilidad.

"La norma aprobada incorpora, al menos, un ingrediente de mayor certeza que permitirá validad verdaderamente el estado de desempleo de quien solicita el REJA", sostuvo.

Por su parte, César Chang, vicepresidente de Finanzas y Tecnología de AFP Integra, mencionó que la posibilidad de tener una jubilación temprana por desempleo no es el propósito del sistema. Sin embargo, los filtros agregados son, al menos, más estrictos.

"En el caso del REJA, el cambio central es verificar que el aportante no tenga aportes como independiente (durante la etapa de desempleo). En la JAO, los filtros son muchos mayores. Antes del 95,5, la probabilidad de que una persona califique era baja. Con el 95,5 se creó un incentivo perverso a que las personas hagan un mecanismo de tomar préstamos para retirar el capital que tenían en sus AFP. Con las modificaciones, de alguna forma esto se restingue", puntualizó.

Finalmente, será la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP la que determinará las condiciones y el procedimiento operativo conforme a los requisitos para el cumplimiento de la norma, la cual también establece, entre las disposiciones complementarias, la creación de un consejo para evaluar la situación actual del sistema de pensiones (público y privado) en un plazo de 180 días naturales.

Publicado en Gestión, 04 de mayo del 2019.