¿POR QUÉ LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS TIENEN OBLIGACIONES ÉTICAS?

 

El denominado Vacunagate nos ha remecido a todos, servidores públicos y ciudadanos; sobre todo, porque están involucrados servidores públicos de varios sectores especializados (Salud, Relaciones Exteriores) y porque la mayoría de ellos, ocupan puestos en la más alta jerarquía de las entidades del Estado. Más allá de las implicancias penales o administrativo-disciplinarias del Vacunagate, ha llamado la atención, este quiebre tremendo en la ética de la función pública.

Desde una perspectiva tradicional, se señala que el Estado ha surgido como una organización política destinada a asegurar, proteger o promover el bienestar general de todos aquellos que se encuentran dentro de un territorio.

Dentro de esta visión, se asume que la actuación de los políticos (como dirigentes) y de la administración pública (como gestores y administradores de la organización) será consistente con el mencionado objetivo (la promoción del bienestar de los ciudadanos).

Sin embargo, encontramos que muchas veces el postulado señalado no se produce en la realidad.

En la vida real encontramos actividades, políticas, normas y regulaciones que no benefician necesariamente a los ciudadanos, sino únicamente a dichos políticos, y burócratas, o a los grupos de interés específicos con quienes aquellos están vinculados. El Vacunagate es una escandalosa manifestación de ello.

El Estado, el sector público, es un conjunto complejo de entidades, que han sido creadas por la ciudadanía, para promover alcanzar y maximizar su interés y maximizar su interés y beneficio. Bajo esa perspectiva, podría decirse que "los dueños del Estado" somos los ciudadanos. Sin embargo, somos dueños que no asumimos directamente la administración de estas organizaciones. Ello sería complejo y costoso (y hasta podría llevar a la inacción de las entidades del Estado).

La administración se la hemos encomendado a un grupo de personas, políticos y servidores públicos. Ellos deben "gobernar" y "administrar" el Estado y el sector público, teniendo en mente el interés y el beneficio de sus ciudadanos. Pero como vemos, esto muchas veces no ocurre.

La ciencia económica tiene una teoría, denominada "Principal-Agente" que explica este tipo de situaciones y señala que un factor clave es la existencia de intereses propios de la administración, que no necesariamente son coincidentes con los intereses de los dueños de las organizaciones. Como tienen intereses propios, los políticos y servidores públicos pueden tener esta tendencia a "tirar para su lado".

Para reducir ese factor, el marco institucional de los países suele establecer reglas de conducta y mecanismos de responsabilidad ante su incumplimiento. La idea es que dicha combinación (reglas de conducta y responsabilidad) funcione como un incentivo para minimizar esa conducta disfuncional, atentatoria contra los intereses de los dueños de la organización.

Estas reglas de conducta, que pueden formalizarse de distintas maneras (como códigos de ética), podrían resumirse en una frase que contiene dos obligaciones: "Político/servidor público actúa diligentemente poniendo el interés de la ciudadanía por encima del tuyo propio".

La primera es la denominada obligación de diligencia, que significa que los servidores deben desempeñarse realizando su mayor esfuerzo, poniendo plenamente sus capacidades en favor de su organización.

La segunda, es la obligación denominada de lealtad o fidelidad; que significa que el servidor debe privilegiar la posición y los intereses de la entidad y de la ciudadanía frente a los suyos (económicos, políticos, familiares, sentimentales, sociales u otros).

Dependiendo del país, estas obligaciones pueden ser desagregadas o detalladas en diversas formas y mecanismos. Por ejemplo, en normas que establezcan obligaciones laborales, códigos de ética, reglas de conducta, entre otros. Todos esos mecanismos, al final, se reducen a la frase que hemos señalado.

En el Perú, tenemos todos estos mecanismos. Normas donde se establecen obligaciones laborales, normas que establecen códigos de ética, normas específicas como el nepotismo. Pero como hemos señalado, todos pueden ser resumidos en dos grandes obligaciones: diligencia en el cumplimiento de las funciones y fidelidad en dicho ejercicio.

La pregunta evidente en el Vacunagate es si los servidores públicos involucrados consideraron el interés de la ciudadanía, de sus entidades o el de sus propios colegas, por encima del suyo propio.

Tuvieron acceso a la vacunación por el puesto que ocupaban, en razón de las funciones que ejercían, dado que contaban con información privilegiada y con los medios (autoridad, influencia, contactos) para ejecutar dicha acción. La respuesta es evidente.

 

 

Publicado en Gestión, 02 de marzo del 2021.