UIF AHORA PUEDE ACCEDER A SECRETO BANCARIO SIN AUTORIZACIÓN DE JUEZ

 

 

 

Tras la publicación de una forma constitucional, tanto la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) como la Controlaría tendrán ahora herramientas más eficaces para luchar contra el lavado de dinero y la corrupción.

La ley promulgada por el Congreso, que modifica el inciso 5 del artículo 2° de la Constitución, permite que esas instituciones puedan acceder directamente, sin necesidad de un juez, al secreto bancario y reserva tributaria de personas y empresas investigadas.

La UIF y Contraloría habían reclamado estas facultades de información por años.

"La Constitución del 93 señalaba que solo podían pedir el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria un juez, el fiscal de la Nación y una comisión investigadora del Congreso, pero ahora se han añadido dos supuestos más", indicó a Gestión Carlos Caro, socio fundador de Caro & Asociados.

Levantamiento

Así el superintendente de Banca, Seguros y AFP (jefe de la SBS) también podrá solicitar esta información a entidades financieras y a la Sunat para fines de detección de lavado de activos e inteligencia financiera, dice la ley.

Entonces la UIF, que está adscrita a la SBS, tendrá acceso al secreto bancario y a la reserva tributaria a través del superintendente, explicó Héctor Gadea, socio de Rebaza, Alcázar & de Las Casas. Hasta antes de la vigencia de esta ley, solo podía hacerlo con autorización de un juez penal.

Asimismo, el contralor general podrá pedir el levantamiento de las mencionadas reservas respecto de funcionarios y servidores que administren fondos del Estado en los tres niveles del Gobierno, en el marco de una acción de control. "Es decir, en gobiernos central, regional y municipal", afirmó Caro.

Más dientes

Gadea resaltó que el secreto bancario y la reserva tributaria es un derecho constitucional, por lo que su levantamiento en todos los casos requiere que exista un delito, como, por ejemplo, enriquecimiento ilícito de funcionarios o lavado de dinero proveniente de la corrupción.

"Las solicitudes de la Contraloría y de la y de la SBS (UIF) tienen que estar especialmente motivadas para no caer en arbitrariedades", añadió.

Luis Ernesto Marín, especialista en derecho bancario, consideró que estas facultades permitirán a la UIF y Contralorían acciones de fiscalización y supervisión más eficientes.

Con la información de depósitos bancarios y de impuestos estas instituciones tendrán más dientes para cumplir sus tareas de detección de delitos, sostuvo.

Explicó que la UIF ahora podrá analizar y cruzar la información, por ejemplo con Sunat, para identificar de forma más ágil y eficiente los casos sospechosos de lavado, y hacer mejores informes de inteligencia financiera que luego entregará al Ministerio Público.

Cuentas

La UIF no solo recibe reportes de operaciones sospechosas (ROS) de entidades del sistema financiero, que registra a la fecha 42.9 millones de cuentas de depósitos, sino también de notarios públicos, empresas de transferencias de fondos, agentes de aduanas, inmobiliarias, concesionarios de vehículos, entre otros sujetos obligados.

Caro y Marín consideran, que la UID y la Contraloría tendrán que emitir disposiciones internas para hacer operativa esta ley.

Caro y Marín consideran que la UIF y la Contraloría tendrán que emitir disposiciones internas par ahacer operativa esta ley.

Para Gadea, el Congreso debería proponer una norma de desarrollo constitucional que establezca más detalles sobre su implementación.

 

Publicado en Gestión, 05 de julio del 2022.