VOY A DIVORCIARME ¿MI CONYUGE TIENE DERECHO A UNA PARTE DE MI EMPRESA?
El proceso de divorcio implica la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio, y uno de los aspectos más complicados es la distribución de acciones o activos relacionados con una empresa.
Es crucial identificar bajo qué régimen patrimonial se celebró el matrimonio, de los cuales existen dos principales. Bajo el régimen de sociedad de gananciales, todos los bienes obtenidos durante el matrimonio son considerados bienes comunes, salvo que se acredite que pertenecen exclusivamente a uno de los cónyuges.
En este sentido, si una empresa fue creada o adquirida durante el matrimonio, los bienes o acciones vinculados a la misma podrían formar parte del patrimonio común, por lo que podrían ser divididos equitativamente entre ambos cónyuges.
Por otro lado, bajo el régimen de separación de patrimonios, cada cónyuge conserva la propiedad exclusiva de los bienes adquiridos durante el matrimonio. Si la empresa o acciones fueron obtenidas por uno de los cónyuges bajo este régimen, en principio, no se consideran bienes comunes y el otro cónyuge no tendría derecho sobre ellas en caso de divorcio.
Juliana Llosa, socia de CPB Abogados, indicó que el destino de las acciones tras un divorcio depende del régimen patrimonial bajo el cual se casó la pareja.
Si se trataba del régimen de separación de bienes, las acciones no se ven afectadas tras el divorcio, y el cónyuge propietario sigue siéndolo. Sin embargo, en un matrimonio bajo el régimen de sociedad de gananciales, las acciones adquiridas durante la unión son bienes comunes. En caso de divorcio, la sociedad de gananciales se disuelve y ambos cónyuges deben acordar la división equitativa de los bienes comunes, incluidas las acciones, según lo dispuesto en el artículo 323 del Código Civil. Llosa señaló que las acciones adquiridas antes del matrimonio o por herencia se consideran bienes propios, pero si se emiten nuevas acciones por un aumento de capital, estas serían parte del patrimonio común, afectando la estructura de propiedad de la empresa.
Por ello, algunas familias empresarias establecen en sus protocolos familiares el régimen de separación de bienes para sus accionistas, a fin de proteger la empresa de potenciales disputas conyugales.
Autor: Gerardo Rosales. Fuente: Diario Gestión - pag.14, 06 de setiembre del 2024.