CONSOLIDACION FISCAL SIN ATROPELLAR A LOS CONTRIBUYENTES
El deterioro de las finanzas públicas sigue siendo evidente y no hay señales de mejora en el corto plazo. Esto quedó en evidencia con la reciente aprobación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el próximo año. En ella, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) no logró frenar la presión legislativa que impulsó mayores gastos, como proyectos de inversión pública, incrementos salariales y más contrataciones de personal.
No obstante, el principal origen de estas presiones fiscales radica en el propio Ejecutivo. El MEF infló las proyecciones de ingresos para 2025, incluyendo una partida atípica titulada “recuperación más efectiva de recursos provenientes de litigios por parte del Tribunal Fiscal”. Según el Consejo Fiscal, este ajuste presupuestal, que aumentó el presupuesto en más de S/7,000 millones, carece de precedentes y de certeza sobre su viabilidad. Un enfoque similar fue adoptado durante el gobierno de Pedro Castillo, cuando se instó a grandes empresas y bancos a pagar sus deudas tributarias, advirtiendo posibles medidas coercitivas. Aunque la deuda tributaria acumulada ronda los S/30,000 millones, el verdadero desafío está en reducir la alta litigiosidad tributaria. Intentar sanear las cuentas públicas inclinando decisiones a favor del Estado podría comprometer la imparcialidad institucional. Asimismo, para equilibrar las finanzas públicas, es esencial frenar el crecimiento excesivo del gasto y fomentar la expansión económica, objetivos que podrían verse afectados por recientes decretos legislativos que ponen en riesgo la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Ejemplo de esto es el Decreto Legislativo (DL) 1535, que clasifica a los contribuyentes según su perfil de cumplimiento para optimizar la gestión de la Sunat. Sin embargo, al plantear hacer pública esta clasificación, se podría violar la reserva tributaria, ya que la publicidad de esta información no contribuye directamente a la gestión eficiente basada en riesgos tributarios.
Otro caso problemático es la deducción de gastos financieros en el Impuesto a la Renta. Aunque estos gastos son deducibles si están vinculados al mantenimiento de la fuente o generación de rentas gravadas, la Sunat exige una prueba específica y detallada del uso de los fondos. Esta exigencia, que no considera la fungibilidad del dinero, genera incertidumbre y posibles contingencias tributarias.
Finalmente, el DL 1669, que busca simplificar el cumplimiento tributario mediante registros electrónicos de compras, establece que se pierde el crédito fiscal si no se ejerce en el mes de emisión del comprobante. Esta medida resulta poco razonable y podría complicar la gestión de los contribuyentes.
Autor: Luis Miguel Castilla. Fuente: Diario Gestión - pag.12. 06 de diciembre del 2024.