FONDOS MUTUOS Y DE INVERSION DEBEN IDENTIFICAR A SUS REALES BENEFICIARIOS
Desde octubre, los fondos mutuos, fondos de inversión y fideicomisos, considerados como entes jurídicos, deben presentar ante la Sunat una declaración informando sobre sus beneficiarios finales.
Aunque esta obligación fue establecida en 2018, su implementación ha sido postergada en múltiples ocasiones. Según la normativa, su propósito es reforzar la lucha contra la evasión y elusión tributaria, además de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Fernando Osorio, secretario general de la Asociación de Administradoras de Fondos del Perú, indicó que históricamente los sistemas de prevención de lavado de activos se centraban en identificar estos delitos y el financiamiento al terrorismo. Sin embargo, la OCDE ha incluido principios relacionados con la evasión fiscal y el intercambio automático de datos entre países, redefiniendo el concepto de beneficiario final. Esta adaptación ha llevado a que la regulación de diversos países, incluida Perú, ajuste sus sistemas de prevención, tarea que en el país recae en la Sunat. Esta institución recopila, resguarda y comparte información bajo acuerdos de reciprocidad internacional.
El nuevo procedimiento requiere que los inversionistas declaren, mediante una declaración jurada, si son beneficiarios finales o si representan a un tercero que realiza la inversión. Esto permite mayor transparencia sobre quién obtiene beneficios económicos, facilitando la identificación de posibles actividades ilícitas, explicó Osorio. Además, resaltó que anteriormente la información recolectada en la debida diligencia solo estaba disponible para requerimientos de la UIF, pero ahora debe reportarse con cada cambio en los participantes del fondo.
Víctor Valdez, experto del estudio Rebaza Alcázar & De Las Casas, aclaró que el beneficiario final es quien posee derechos económicos sobre el patrimonio del fondo, y que su identificación se basa en criterios como propiedad, control o representación. Aunque no se reportan datos como el nivel de participación o patrimonio del inversionista, sí se registran información personal como estado civil, dirección y cónyuge.
Finalmente, Ricardo Gallo, CEO de Inandes, destacó el propósito tributario de estas disposiciones, que permiten a la Sunat cruzar la información de los fondos con las declaraciones del impuesto a la renta de segunda categoría, detectando posibles inconsistencias o omisiones en las declaraciones.
Fuente: Diario Gestión - pag.19, 25 de noviembre de 2024.