HERRAMIENTAS Y RECOMENDACIONES PARA LA SALUD MENTAL DE LOS TRABAJADORES

 

 

El inicio de un nuevo año suele motivar a las personas a establecer propósitos relacionados con una vida más saludable, especialmente en el ámbito laboral, donde el estrés puede afectar significativamente el bienestar. Según la encuesta State of the Global Workplace 2024 Report de Gallup, realizada en más de 160 países, el 41% de los trabajadores encuestados en 2023 experimentó altos niveles de estrés en el trabajo, porcentaje que en América Latina ascendió al 44%. Además, se observó que uno de cada cinco trabajadores siente soledad diariamente, siendo esta proporción aún mayor entre quienes realizan teletrabajo, donde la cifra asciende a uno de cada cuatro. Asimismo, los empleados que no disfrutan de su trabajo tienden a experimentar altos niveles de estrés y preocupación, junto con otras emociones negativas. En términos de bienestar, el informe revela una disminución, pasando del 35% en 2022 al 34% en 2023.

En el contexto peruano, la normativa vigente considera el incumplimiento de disposiciones sobre riesgos psicosociales como una infracción grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (DS 019-2006-TR). Las sanciones pueden oscilar entre 1.57 UIT (S/8,399.50) y 26.12 UIT (S/139,742), dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados. Sin embargo, esta normativa solo proporciona un marco general sobre los riesgos psicosociales sin abordarlos de manera específica en relación con las organizaciones y sus empleados. No obstante, en los últimos años se han implementado herramientas para gestionar la salud mental en el trabajo.

En ese sentido, el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Salud publicó un protocolo para la prevención y control de los riesgos psicosociales, estableciendo un proceso en tres fases: aplicación de un cuestionario que evalúa la carga laboral, el apoyo recibido, la inclusión y motivación, entre otros aspectos; asignación de puntajes a las respuestas; y, finalmente, intervención por parte del Comité o supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. De manera complementaria, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) presentó una guía que establece un sistema de prevención basado en la planificación, identificación, evaluación y control de los factores de riesgo psicosociales, integrándolos al Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo de cada empleador.

Por otro lado, el MTPE también elaboró un informe técnico sobre los factores de riesgo psicosocial en los trabajadores de Lima Metropolitana, en el que se define el estrés laboral en términos de insatisfacción con el trabajo, fatiga mental y relaciones interpersonales hostiles. Según este documento, el estrés puede estar vinculado a diversos factores, como el ambiente y la organización del trabajo, las tareas asignadas y el entorno personal y familiar. A nivel organizacional, la ausencia de liderazgo y un ambiente laboral rígido o tóxico pueden agravar el problema, mientras que políticas de comunicación efectiva, reconocimiento del esfuerzo, equilibrio entre la vida laboral y personal, así como actividades de integración, pueden contribuir a su reducción.

Además, el informe señala que, más allá de las condiciones laborales, los propios trabajadores pueden contribuir al aumento del estrés si no priorizan su salud mental. Esto puede manifestarse en decisiones como no tomarse vacaciones, aceptar turnos extras de manera constante para generar mayores ingresos, descuidar la actividad física o evitar recurrir a ayuda profesional cuando es necesario. Estas prácticas deterioran el equilibrio entre el trabajo y la vida personal, afectando tanto el bienestar del individuo como la productividad empresarial. En consecuencia, el estrés laboral no solo impacta en el desempeño individual, sino que también puede traducirse en un aumento del ausentismo y una disminución general en la eficiencia y competitividad de las organizaciones.

 

 


Autor: Lucianna Polar. Fuente: Diario Gestión- pag.09, 08 de enero del 2025.