SUNAT PUEDE REVISAR ERRORES DE AÑOS PASADOS QUE AFECTEN SUS IMPUESTOS ACTUALES

 

El caso a discutir se centraba en el arrastre de créditos fiscales del IGV. Ello llevó a preguntarnos: ¿La Sunat puede corregir impuestos actuales cuando los errores provienen de ejercicios que ya prescribieron?. La controversia llegó hasta la Corte Suprema en donde el punto discutido versaba sobre el alcance del artículo 78.3 del Código Tributario, el cual realizaba subsanar “errores materiales” en declaraciones de los contribuyentes. Aquí la Corte Suprema precisó que no se está determinando nuevamente una deuda de períodos prescritos sino una corrección de inconsistencias en los cálculos. 


Por ello, la prescripción protege contra el cobro de tributos antiguos, pero no frente a la revisión de arrastres erróneos que tienen repercusiones en impuestos actuales. Expertos señalan que la Sunat dentro del terreno del IGV ha venido revisando los saldos arrastrados. La diferencia es que ahora con esta casación, su posición queda respaldada por la Corte Suprema.

Fuente: Diario Gestión - pág. 15 , 8 de septiembre del 2025.