Nuevamente la tercerización en debate

 

La Sentencia del Tribunal Constitucional declaró infundada una acción de amparo contra el D.S. N° 001-2022-TR, pero el fallo no se pronunció sobre la constitucionalidad de la prohibición en sí misma y el TC simplemente determinó que el amparo no era la vía legal idónea. El TC sostiene que la prohibición de tercerizar actividades que forman parte del núcleo del negocio de una empresa se fundamenta en la protección constitucional de los derechos laborales para evitar el fraude o la simulación.

El debate se centra en la pugna entre la protección de los derechos de los trabajadores y la defensa de la libertad de empresa y de contratación, defendida por entidades como Indecopi, que considera la prohibición como una "barrera burocrática ilegal." La sentencia del TC no deja sin efecto lo resuelto por el Indecopi, por lo que en la práctica no se verá afectada la libertad de empresa ni la libertad de contratación. El TC no resuelve el fondo del asunto, por lo que la prohibición sigue vigente y se concluye que la validez final de la norma se decidirá en una acción popular que se encuentra actualmente en trámite ante la Corte Suprema, siendo esta la instancia judicial definitiva para solucionar la controversia.


Autor: César Puntriano. Fuente: Diario Gestión - pág. 17, 15 de Octubre del 2025.